La Protección Civil es un servicio público esencial para el ciudadano, a quien sitúa en el centro de su acción pública, para contribuir de manera efectiva a su seguridad.
Este es el objetivo que nos guía: proteger a las personas y bienes, ofreciendo una respuesta adecuada ante los distintos tipos de emergencias y catástrofes, ya estén originadas por causas naturales, o derivadas de la acción humana, de manera accidental o intencionada.
- Objetivos generales:
1. Desarrollar las acciones pertinentes para el funcionamiento eficiente del sistema de
protección civil.
2. Potenciar las acciones preventivas.
3. Extender la cultura de la autoprotección.
4. Intensificar la presencia internacional.
- Servicios prestados:
Anticipación, prevención, planificación, respuesta inmediata, recuperación, relaciones institucionales, gestión de apoyo.
→ Detalles aquí: http://www.proteccioncivil.es/documents/20486/394952/Carta_de_servicios2016.pdf/8236cc3d-a0da-42db-b259-0073fd5678cf
- Funciones:
b. La preparación y gestión práctica de ejercicios y simulacros para la implantación y mantenimiento de los citados planes.
c. La realización de estudios relativos a análisis de riesgos, así como proyectos piloto de carácter preventivo que permitan fundamentar planes de prevención de emergencias y catástrofes.
d. El desarrollo de estudios y programas de información a la población, así como la promoción de la autoprotección ciudadana y corporativa, y de fomento de la participación social en las actividades de protección civil y emergencias, así como de programas de educación para la prevención en centros escolares.
e. El desarrollo de investigación y estudios sobre aspectos sociológicos, jurídicos, económicos y otros relevantes para las actividades de protección civil y emergencias.
f. La confección, ejecución y seguimiento de los presupuestos de protección civil.
g. La tramitación de subvenciones y ayudas para la atención de necesidades derivadas de siniestros o catástrofes y la preparación de la normativa correspondiente.
h. La tramitación de subvenciones y ayudas que faciliten la implantación de los planes de protección civil de carácter estatal o el desarrollo de actividades de interés para la protección civil en ese mismo ámbito y la preparación de la normativa correspondiente.
i. La gestión administrativa necesaria para la contratación de obras, estudios y servicios y para la adquisición de bienes.
j. La formación teórica y práctica en la gestión de riesgos y emergencias, incluyendo el entrenamiento de mandos y personal de los diferentes servicios y organizaciones implicados en las actuaciones de emergencias, en particular, servicios de extinción de incendios y salvamento, servicios sanitarios, Fuerzas Armadas y Fuerzas y Cuerpos de Seguridad.
k. La coordinación de las relaciones con las Unidades de Protección Civil de las Delegaciones y Subdelegaciones del Gobierno, y con los órganos competentes en materia de protección civil de las Comunidades Autónomas y de las Administraciones Locales, así como la organización y el mantenimiento de la secretaría de la Comisión Nacional de Protección Civil, de su Comisión Permanente y de sus comisiones técnicas y grupos de trabajo.
l. El mantenimiento de relaciones técnicas con organismos homólogos de otros países, especialmente de la Unión Europea, del Mediterráneo y de Iberoamérica, y la participación en las reuniones de los organismos internacionales con competencias en protección civil y emergencias, así como en las comisiones y grupos de trabajo constituidos en el seno de la Unión Europea.
m. La organización y mantenimiento de un fondo documental especializado que permita la máxima difusión de la información.
n. La organización y mantenimiento del Centro de Coordinación Operativa, de la Red de Alerta a la Radioactividad, de las redes propias de comunicación para emergencias y de otras infraestructuras destinadas a facilitar la gestión operativa en emergencias.
ñ. La preparación y difusión de alertas a las organizaciones de protección civil y, en su caso, a los ciudadanos.
o. Solicitar la intervención de la Unidad Militar de Emergencias conforme a los protocolos de actuación que se establezcan para la misma.
Directrices Básicas:
- Incendios Forestales
- Riesgo Sísmico
- Riesgo Volcánico
- Riesgo de Maremotos
- Riesgo de Inundaciones
- Riesgo Radiológico
- Riesgo de accidentes graves en los que intervienen sustancias peligrosas
- Riesgo de accidentes en los transportes de mercancías peligrosas por carretera y ferrocarril
- Planes especiales:
- Incendios Forestales
- Riesgo Sísmico
- Riesgo Volcánico
- Riesgo de Inundaciones
- Riesgo Nuclear
- Riesgo Radiológico
- Riesgo Químico
↝ Norma Básica de Protección Civil
↝ Ley del Sistema Nacional de Protección Civil
Fuente: http://www.proteccioncivil.es/
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